Madrid, 19 de diciembre de 2025 – La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 5.080.000 euros a UFD Distribución Electricidad, la distribuidora eléctrica del Grupo Naturgy, por restringir la competencia en el mercado de instalación de contadores eléctricos entre mayo de 2018 y mayo de 2021. Esta sanción se enmarca como una infracción muy grave del artículo 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La investigación se originó a raíz de una denuncia de Axon Time y Enerlin Ingenieros contra la distribuidora de Naturgy, alegando prácticas contrarias a la normativa de competencia. En abril de 2023, la CNMC realizó inspecciones en dos sedes de Naturgy y, en noviembre del mismo año, inició un procedimiento sancionador contra UFD.
El regulador subrayó que las empresas en posición dominante tienen una responsabilidad especial de no restringir la competencia en su mercado y en los mercados conexos. La CNMC enfatizó que las actuaciones sin respaldo normativo que generan efectos de exclusión se consideran abusivas, independientemente de la intención detrás de dichas conductas.
En este caso, la CNMC indicó que UFD interpretó incorrectamente que la obligación de integrar todos los contadores del segmento doméstico en los sistemas de telegestión también se aplicaba a ciertos tipos de contadores del segmento industrial (tipo 3 y 4). Esta interpretación errónea resulta en la imposición de requisitos no previstos en la normativa, así como en el retraso o denegación de la instalación y activación de equipos de medida propiedad de terceros.
Aunque la empresa corrigió internamente su interpretación en mayo de 2021, la CNMC concluyó que las prácticas de UFD restringieron la competencia y la capacidad de elección de los consumidores y operadores alternativos. Según fuentes de la compañía, se ha rectificado la interpretación errónea de la normativa, como señala la CNMC.
Obligaciones Impuestas
Además de la multa, UFD tiene prohibido contratar con el sector público en todo el territorio nacional durante cuatro meses. Esta prohibición afecta contratos de obras, suministros y servicios vinculados a la instalación de contadores eléctricos. La única excepción se presenta cuando UFD está obligada a proceder según la normativa sectorial.
La CNMC también impone obligaciones de cumplimiento e información a UFD, incluyendo la activación de equipos de telemedida ya instalados y la facilitación de la instalación de nuevos equipos a solicitud de los clientes. UFD deberá permitir la instalación de equipos de medida eléctrica que cumplan con la normativa y notificar a los titulares de los puntos de suministro afectados, además de publicar las nuevas obligaciones en su página web.
En caso de desacuerdo con esta resolución, la compañía tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional dentro de un plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la sanción.
