El Congreso retoma la ley para regular alquileres de temporada

MADRID, 10 Nov. (EUROPA PRESS) – El Congreso retomará este martes la tramitación parlamentaria de la proposición de ley impulsada por Sumar, ERC, Bildu, Podemos y BNG para regular los alquileres de temporada y de habitaciones y evitar que estos se escapen de las directrices de la Ley de Vivienda. Este proceso se activa casi un año después de su admisión a trámite y en medio de la ruptura de Junts con el Gobierno.

Un largo proceso de trámite

La Cámara Baja tomó en consideración la proposición de ley en diciembre de 2024, y las enmiendas se presentaron en mayo de este año; sin embargo, no ha sido hasta este momento que se ha convocado la reunión de la ponencia que iniciará las discusiones. Este largo tiempo de espera ha provocado fricciones entre el PSOE y sus socios parlamentarios de izquierda, que han reiterado su insistencia en acelerar el proceso legislativo. Tanto ERC como Sumar han manifestado su descontento por la dilación de los plazos.

Celebraciones desde el Ministerio de Vivienda

Casi doce meses después de su admisión a trámite, la Cámara Baja ha decidido reactivarla, y desde el Ministerio de Vivienda han aplaudido esta medida, subrayando que la regulación de los alquileres de temporada y de habitaciones «es imprescindible» para combatir el fraude que se está cometiendo con este tipo de alojamientos en toda España, especialmente en las grandes ciudades. La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha estado en contacto con los distintos grupos del Congreso para trabajar en la búsqueda de un acuerdo.

Reforma de arrendamientos urbanos

La norma que se examinará en ponencia consiste en una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, destinada a equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual, con el objetivo de desincentivar su uso, sobre todo en zonas que se consideran tensionadas para así reducir los precios. Además, se establecerá la obligación de los arrendadores de justificar la necesidad de la temporalidad, de acuerdo a términos análogos a los de la legislación laboral.

El contrato de temporada no podrá exceder de nueve meses, buscando que coincida con los tiempos del curso económico. En caso de que la duración exceda los nueve meses o se encadenen más de dos contratos consecutivos, se considerará un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, aplicándose todos los preceptos previstos para esos contratos, incluyendo el plazo mínimo y las prórrogas establecidas.

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