Aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España

MADRID, 15 de febrero. (EUROPA PRESS) – La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, firmará mañana lunes con los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, el acuerdo para la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 3,1%, que entrará en vigor desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, alcanzando así un total de 1.221 euros mensuales por catorce pagas, según han informado fuentes del Ejecutivo.

Detalles del Acuerdo

El acto de la firma, que se celebrará en el Ministerio de Trabajo a las 11:30 horas, contará también con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La nueva cifra del SMI supera en 37 euros al mes o 518 euros al año el importe vigente en 2025 (1.184 euros al mes/16.576 euros anuales).

Aprobación del Real Decreto

Una vez suscrito el acuerdo, el Real Decreto que recoge la subida del SMI será aprobado previsiblemente en el Consejo de Ministros del martes, siempre que no haya cambios de última hora.

Impacto del Incremento

Con la subida del SMI en un 3,1%, el salario mínimo de 2026 quedará establecido en 17.094 euros brutos al año y en 40,70 euros brutos al día, en términos generales. Además, para los trabajadores eventuales y temporeros, el SMI se fijará en 57,82 euros por jornada legal en la actividad, mientras que los empleados de hogar no podrán cobrar menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

El incremento del SMI, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año, beneficiará a aproximadamente 2,5 millones de trabajadores. Este acuerdo es resultado de las negociaciones alcanzadas a finales de enero entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, en las que no participaron los empresarios.

Contexto Histórico

Es importante señalar que este es el sexto año consecutivo en el que el Ministerio de Trabajo pacta en solitario con los sindicatos la subida del SMI.

Como en años anteriores, la actualización del SMI no alterará la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que ya perciben los trabajadores, siempre y cuando estos salarios sean superiores al SMI en cómputo anual.

No obstante, se deberá modificar los salarios establecidos en contratos o pactos de naturaleza privada que sean inferiores al SMI de 2026, en la cuantía necesaria para asegurar su percepción, de acuerdo con las normas de absorción y compensación vigentes.

Reforma de las Reglas de Compensación

En este sentido, el Gobierno y los sindicatos han acordado, como parte de su pacto para aumentar el SMI de 2026, reformar las reglas de absorción y compensación para asegurar que la subida del SMI no diluya los pluses que pueden percibir los trabajadores. Esta reforma se implementará en otro Real Decreto, en el marco de la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva europea de salarios mínimos.

Según el Ministerio de Trabajo, la creación de dos Reales Decretos, uno para la subida del SMI y otro para la reforma de las reglas de compensación, evitará dilatar en el tiempo el aumento del salario mínimo, que, en cualquier caso, tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero.

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